Qué es y qué funciones tiene un albacea
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- 12 sept 2022
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El albacea es la persona nombrada por el autor de una herencia y tiene como objetivo hacer cumplir y ejecutar la voluntad del testador en términos de su testamento. También tendrá como responsabilidades, el custodiar los bienes que conformen la masa hereditaria y hacer la distribución entre los herederos y/o legatarios conforme lo dispuso el testador.
¿Qué sucede si el testador no designó un albacea?
En los casos en que el testador no designe albacea o el señalado no pueda desempeñar este cargo, los herederos podrán designar otro por mayoría de votos. Si no existiera mayoría, entonces éste será nombrado por un juez, eligiendo de entre los propuestos por los herederos.
¿Quiénes están impedidos por la ley para ser albaceas?
De acuerdo al Código Civil y salvo en los casos de tratarse de herederos únicos, están impedidos como albaceas los siguientes casos:
Los magistrados y jueces que estén ejerciendo jurisdicción en el lugar en donde se abre la sucesión.
Los que hayan sido removidos como albacea por sentencia judicial.
Los que hayan sido condenados por delitos contra la propiedad.
Los que no tengan un modo honesto de vivir.
Obligaciones del albacea:
La presentación del testamento
Aseguramiento de los bienes de la herencia.
Formación de Inventarios;
Administración y rendición de cuentas por su cargo de albacea. Deberá rendir cuentas al menos una vez al año y no podrá seguir ejerciendo como albacea si no es aprobada por los herederos su rendición anual.
Pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias.
Partición de herencia y adjudicación de bienes entre los herederos y/o legatarios.
La defensa, en juicio y fuera de él, de la herencia y de la validez del testamento.
Representación de la sucesión en todos los juicios que se promuevan en su nombre o en su contra.
Características del cargo de albacea:
Se trata de un cargo voluntario y no se está obligado a aceptar el cargo, sin embargo, una vez que se acepta, se obliga a desempeñar las obligaciones que adquiere.
Es intransmisible; si el albacea se excusa deberá seguir ejerciendo el cargo hasta que los herederos nombren un nuevo albacea.
Es indelegable; el albacea no puede delegar el cargo que le ha sido otorgado.
Es remunerado ya que tendrá derecho a recibir como retribución por el cargo, el 2% del importe líquido y efectivo de la herencia y el 5% si se trata de frutos industriales.
Tiene una duración determinada ya que debe cumplir con el encargo en un término máximo de un año.
Una de las funciones más importantes del albacea es el no permitir la extracción de ninguno de los bienes que conformen la masa hereditaria hasta que se haya protocolizado el inventario de la misma.
El albacea no podrá gravar o hipotecar los bienes de la herencia sin que haya sido autorizado por los herederos o legatarios.
Para finalizar queremos recomendarte que, cuando elijas quién será el albacea de tu sucesión, pienses en alguien de tu entera confianza que vele para que tu última voluntad se cumpla tal como tú lo deseas.
Recuerda que septiembre es el mes del testamento, si aún no lo tienes, acércate a la notaria de tu confianza, es fácil, rápido y en este mes, más económico.
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